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divorcio por notario en mostoles

La forma más rápida de divorciarse hoy día en España es a través del divorcio notarial.

Esta posibilidad se ofrece desde el pasado 2 de julio del 2015 en la que a través de la Ley Jurisdicción Voluntaria los cónyuges pueden solicitar de un notario que les disuelva el vínculo matrimonial.

El requisito es que el divorcio deberá ser de mutuo acuerdo y tampoco deben existir hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.

El mismo modo si se tienen hijos mayores de edad O emancipados que sigan viviendo en el domicilio conyugal deberán estar presentes en la firma del divorcio ante el notario pues deben  también prestar su consentimiento en aquellas cuestiones relativas del convenio regulador que les afecten.

En Móstoles concretamente las parejas que quieren divorciarse pueden hacerlo en el notario que mejor les convenga siempre y cuando conste su último domicilio común en esta localidad o bien la residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.

A diferencia de lo que ocurre en el divorcio judicial, a través del notario los cónyuges no podrán delegar la facultad de ratificarse en el convenio regulador en un tercero sino que tendrán que ser ellos mismos los que vayan al notario de manera personal a firmar tanto el convenio regulador de divorcio como la escritura de divorcio.

La ley prevé que durante y antes del divorcio notarial las partes se encuentren asesoradas legalmente en todo momento por un abogado de familia, de hecho para que la escritura de divorcio sea válida será necesaria también la firma del letrado.

La principal ventaja que tiene el divorcio notarial frente al judicial es que las partes solicitantes pueden elegir el día y la hora en la que pueden firmar su divorcio, del mismo modo también pueden elegir firmar por las tardes algo que es imposible en un juzgado y que en muchos solicitantes les viene muy bien por razones laborales.

Los notarios tienen la posibilidad de echar abajo la firma del divorcio siempre y cuando consideren que el convenio regulador atenta con gravemente contra los intereses de uno de los cónyuges.

Si los hijos que viven en el domicilio conyugal son mayores de edad deben firmar la escritura de divorcio y deberán hacerlo en el mismo momento en el que firman los padres, es decir o se divorcian en ese momento o no se divorcian, no es admisible bajo el punto de vista de este letrado un divorcio a medias en el cual un día se firma por una parte y otro día se firma por otra.

Una vez se tenga firmada la escritura de divorcio los cónyuges si así lo desean podrán pedir una copia simple de la misma.

El notario el mismo día o al día posterior podrá enviar por valija la documentación del divorcio al Registro Civil competente para que en el certificado de matrimonio se anote en el margen izquierdo la disolución del divorcio a través del la disolución del matrimonio.

En este divorcio notarial no es necesaria la presencia de procurador a diferencia del divorcio judicial, no obstante habrá que abonar las tasas o aranceles que imponen los notarios.

A través de JR Abogados en unas 48 horas se puede tener la escritura de divorcio en la mano, no se trata de un procedimiento caro debido a las facilidades y a la agilidad de su tramitación.

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